Hola

¡Hola! Bienvenidos a Comunal.

Este es un espacio virtual creado para hacer escuchar tu voz, tus ideas y propuestas.

Muchos pensamos que nunca seremos tomados en cuenta por nuestras autoridades , por eso, en este sitio, buscamos generar otros modos de participación para agarrar la sartén por el mango.

Con esta herramienta no solo amplificarás tu voz, también podrás recibir el apoyo de la ciudadanía cochabambina que se identifican con tus ideas. Además, encontrarás un abanico de propuestas interesantes, a las que podrás sumarte y brindar tu apoyo.

¡Es tiempo de ejercer nuestros derechos y de compartir para construir!.

Comunal<br> es una idea<br> que es de todos<br> y para todos.

Comunal
es una idea
que es de todos
y para todos.

Comunal<br> es una idea<br> que es de todos<br> y para todos.

Comunal
es una idea
que es de todos
y para todos.

Comunal es una plataforma que busca fomentar una ciudadanía digital, activa, propositiva y corresponsable, mediante el ejercicio del derecho a la participación frente a la administración pública municipal de Cochabamba.

Mediante la página web www.comunal.com.bo ciudadanos, colectivos, agrupaciones, redes y otras organizaciones podrán plantear propuestas en pro del desarrollo y la transformación de los bienes comunes.

El objetivo de Comunal es que todas las ideas sean visibilizadas y, a la vez, puedan recibir el apoyo de la ciudadanía mediante la recolección de firmas digitales.

“Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública”

Principio de Participación, en cuya virtud los ciudadanos, en el marco de lo dispuesto en la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, podrán, según la legislación interna de cada país, estar presentes e influir en todas las cuestiones de interés general a través de los mecanismos previstos en los diferentes ordenamientos jurídicos de aplicación. Igualmente, se propiciará que los ciudadanos participen en el control de la actividad administrativa de acuerdo con la Legislación administrativa correspondiente.

Constitución
Política del Estado

Artículo 26

I. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres.

Artículo 241

I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas.

V. La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de la participación y control social.

Artículo 343

La población tiene derecho a la participación en la gestión ambiental, a ser consultado e informado previamente sobre decisiones que pudieran afectar a la calidad del medio ambiente.

Ley 1080
Ciudadanía Digital

Artículo 4. (Ciudadanía Digital)

I. La ciudadanía digital consiste en el ejercicio de derechos y deberes a través del uso de tecnologías de información y comunicación en la interacción de las personas con las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado.

Artículo 6. (Gestiones Digitales)

La ciudadanía digital permite realizar por medios digitales ante entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado, de manera zsegura, confiable e ininterrumpida, las siguientes acciones:

a)    (,,,)

b)    (,,,)

c)    Formar parte de espacios de participación y control social y acceder a la información que brinde el Estado de acuerdo a la normativa que rige dichas materias;

d)    Otros de acuerdo a normativa vigente.

Ley N° 341
Participación y
Control Social

Artículo 6. (Actores De La Participación y Control Social)

Son actores de la Participación y Control Social, la sociedad civil organizada, sin ningún tipo de discriminación (…)

(Atribuciones de los Actores)

En el marco de la Constitución Política del Estado y de la presente Ley, los actores de la Participación y Control Social tienen las siguientes atribuciones:

2. Proponer proyectos normativos y apoyar a los Órganos Legislativos en la construcción colectiva de leyes.

4. Proponer, promover y difundir políticas, planes, programas y proyectos en los diferentes niveles del Estado, orientadas a fortalecer el desarrollo de la ciudadanía intercultural y la corresponsabilidad en la gestión pública.

Artículo 24. (Alcance de la Participación y el Control Social)

I. La Participación se ejercerá de manera amplia y decisoria sobre la   gestión pública en todos los niveles de Estado, siendo el Control Social complementario y consecuencia de aquella.